Alguien me dijo alguna vez que soy un incomprensivo, yo me defendi diciendo que simplemente era un tipo al que no le gustaba las vulgaridades humanas. Darío... un muy amigo.

Se me acusa de que yo me niego a ir en nada contra mí mismo

lunes, 26 de mayo de 2008

Hamlet Machine-TeUNaM

Pronto estrenaremos la obra Hamlet Machine en el TeUNaM... muy pronto... asi que esperamos que todos vayan a verla...

Mis letras didujadas: Hamlet Machine-TeUNaM

domingo, 25 de mayo de 2008

21 Puntos Básicos por el Derecho a la Comunicación

INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA

Organizaciones sociales políticas, sindicales y de comunicación lanzan iniciativa ciudadana por una ley de radiodifusión para la democracia.
1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.
2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.
3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.
4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante.
5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversisdad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.
6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos.
7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.
8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.
9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.
10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.
11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.
12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales.
13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.
14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.
15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.
16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.
17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.
18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.
19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.
20.- Se creará la figura de la "Defensoría del público", con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público.
21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional.

domingo, 18 de mayo de 2008

Sigue la fiesta!!

Ayer festejamos el cumple del Circo OPÓ YBATÉ ( que en realidad ha sido el 8 de mayo) con una Varietté que fue todo un éxito. El taller Estudio explotó de gente. No les miento, y como muchos quedaron afuera y no pudieron disfrutar del show increíble decidimos hacer hoy otra función.

Así es, hoy a las 20 hs en Rebollo casi Rademacher en el Espacio de Arte "Taller Estudio".



Entradas generales $8 estudiantes y jubilados $5. Los que ya tienen entrada solo tienen que acercarce.



Gracias a todos los artistas invitados, NATURAL, La Curamales,

OH! Felina y las Fulanas, TeUNaM.

Gracias a los alumnos que se lucieron, estuvieron brillantes. Y gracias por hacernos crecer día a día!!!

A todos los que compartieron ayer con nosotros una noche mágica...



Y hoy sigue la fiesta quienes se quieran sumar los esperamos para contagiarse de mucha alegría en el aire.

lunes, 12 de mayo de 2008

AHORA SI!!! YA ESTÁ EN LAS CALLES!!!


... Se hizo desear... es una niña malcriada...
Como buen proyecto independiente, costó.
Miles de trabas, inconvenientes, fallas técnicas, problemas legales... pero así debe ser.
Oficialmente hoy nació el número uno, infinitamente mejorada respecto al número piloto que sacamos hace unos meses.
Esa es la idea, mejorar, superarnos, cada vez nuestras metas son más ambiciosas.
Para aquellos que la quieran conseguir (sale solamente dos pesos!), pueden conseguilas en los diferentes puntos de venta que tenemos hasta ahora :
Banabana-Tucumán casi San Lorenzo, frente a Humanidades-
Libreria Millenium-Sarmiento casi San Lorenzo, al lado de la Fm Street-
O más fácil todavía, los duendes vamos andar todo el día con las revistas encima, al mejor estilo canillita, así que chisten y ahí estaremos!

jueves, 8 de mayo de 2008

Tu puerto lejano



Anoche decidí por fin partir de tu puerto,

He levado el ancla que dejé encallada en tus sueños,

Parto con mis velas rotas y mi barca maltrecha

Pero con el viento en popa a mi favor.


Mi camino es largo sobre el mar de mis anhelos

Y aún se es inmenso mi dolor, navegaré sin miedo

Pues ahora baso mi fortaleza en éste amor propio

Y por ti no tocaré el fondo de nuevo.


No conozco mi destino aún, no se cuanto he de tardar

Pueden ser horas, minutos, o quizás una eternidad,

Ya no temo al horizonte que diviso pues

Hoy el sol en mi vuelve a brillar.


Aunque he tirado la brújula de mi desventura

Sé que voy por buen camino pues me acompaña

Como siempre mi confidente, mi luna amiga, aquella

Que con tristeza iluminó mi soledad y ahora mi partida.


He superado al fin la tormenta de tus desaires

Y la tromba de tus desplantes ha desbastado

Mis sueños de cuidarte y adorarte, pero ya no siento

Por ti odio, después de ti he aprendido a valorarme.


Navego con bandera de ilusión asida al asta de mi esperanza

Y aún mi camino sea largo, oscuro y con oleadas

El aire fresco que respiro ahora me huele a paz

Y a mi libertad que en ti buscaba.


Y hoy por fin con desazón he logrado desterrarte

de lo más profundo de mis entrañas, y si bien

de soledad he de morir no naufragaré, ni volveré a

anclarme en tus turbias aguas.